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Finanzas

El Supremo anula varios artículos del Reglamento de Protección de Datos

17 agosto, 2010

Empresa Actual

El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente sobre los recursos que en su día presentaron La Asociación Española de Establecimientos Financieros de Crédito, La FECEMD y los principales ficheros de solvencia de España contra el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección de Datos.

 

En las tres sentencias donde el Tribunal Supremo resuelve sobre los referidos recursos, se decide anular los artículos 11, 18, 38.1.a y 2 y 123.2. del Reglamento de Protección de Datos y deja como cuestión imprejuzgada el artículo 10. 2.a y b, sobre tratamiento y cesión de datos, que eleva como cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE).

 

La anulación de los referidos artículos tendrá mucha transcendencia para el funcionamiento de los ficheros de solvencia patrimonial y crédito y las entidades de crédito, y seguramente les supondrá un importante ahorre de costes, pues se deja sin efecto la obligación de conservar en soporte documental la acreditación de haber cumplido con el deber de información. Se anula también la obligación de la entidad de dar de baja de ficheros de solvencia a los titulares ante cualquier reclamación.

 

Queda pendiente de juzgar por el TJCE el artículo 10 del reglamento, que permite tratar y ceder datos de titulares sin consentimiento de los mismos exclusivamente si lo autoriza una ley o los datos se extraen de fuentes accesibles. Este recurso está planteado para que se permita el tratamiento y cesión de los datos siempre que se demuestre un interés legítimo.

 

Autor: Informa

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